FIN AL EXILIO

José Piñera (La Tercera, 18 de Agosto, 1986)

Según la última lista oficial, en la actualidad 3.717 chilenos no pueden vivir y morir en la patria que los vio nacer.

El exilio administrativo debe terminar de inmediato, por cuanto:

*En una sociedad libre y justa toda persona debe tener el derecho de ser juzgada por tribunales, establecidos con antelación a la acción del hecho que motivó el juicio, como asimismo a que la sentencia que se dicta esté fundada en un debido proceso.  Así, por lo demás, lo dispone el articulado permanente de la actual Constitución.  El exilio administrativo constituye una fuente de arbitrariedad;

*Los decretos supremos de expulsión del país o de prohibición de ingreso son -en la práctica- indefinidos y no contienen una exposición de lo que los origina, que permita apreciar el mérito de tal medida;

*Después de más de diez años de esta práctica, los hechos han demostrado que dicha sanción ni siquiera logra el fin perseguido.  El país ya se ha acostumbrado a la información de que el terrorista arrestado o muerto en combate había sido expulsado del territorio nacional, y que sobre él recaía prohibición de ingresar.  Por lo tanto, no es sostenible la tesis de que el destierro es una medida que permite al resto de los chilenos vivir en paz.  Chile es geográficamente demasiado extenso para pretender que estas medidas impidan a los terroristas realizar actos violentistas y, además, es ingenuo pensar que ingresan al país por Policía Internacional; y,

*Por último existe un argumento elemental de eficiencia diplomática.  En la actualidad los exiliados constituyen una antiembajada, creada por el propio Gobierno.  La presencia forzada de miles de chilenos en los principales países occidentales es un testimonio viviente e irrefutable de una realidad que en nada favorece la imagen externa del régimen militar.

La verdad es que la pena misma del destierro, incluso si es decretada judicialmente, no se compadece con una sociedad libre, dada la crueldad intrínseca de ella.

Esta sanción trasplanta a una persona de su patria, lenguaje y tradiciones a un lugar que le es extraño, y donde, además, lo circunda a cada instante la desconfianza que genera quien ha sido sancionado como delincuente.

¿Puede despertar más que compasión quien ha sido rechazado por sus conciudadanos y condenado por éstos a vivir fuera de su patria? Tan doloroso es el destierro, que cuando Critón informa a Sócrates que está todo dispuesto para su huida, que le permitiría eludir la sentencia de muerte que recaía sobre él, éste le recuerda a su discípulo que no es "hermosa vida para un hombre de su edad andar siempre errante de una ciudad a otra, desterrado y proscrito".

Esta sanción también es injusta, ya que la padecen, más que ninguna otra, terceros. Junto con sufrir el destierro el individuo a quien afecta tal medida, también la sufren sus familiares más próximos y, en última instancia, la comunidad.

Resulta imposible pretender que exista amistad cívica en el país si en la colectividad está inserto un germen destructivo de tal naturaleza.

 

 

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